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Imagen principal del paquete

CRUCERO IMPERIAL – JAPÓN Y COREA

MT-36003

 18 

DÍAS

 15 

NOCHES

DESDE

2,699.00 USD + 999.0 Imp


ITINERARIO



HOTELES

HOTELES PREVISTOS O SIMILARES
PAÍS CIUDAD HOTEL TIPO
Japón Tokyo Hotel Villa – Fontaine Tamachi O Similar Turista
Osaka Hotel Plaza Osaka o Similar Turista
Crucero Diamond Princess Turista
Ésta es la relación de los hoteles utilizados más frecuentemente en este circuito. Reflejada tan sólo a efectos indicativos, pudiendo ser el pasajero alojado en establecimientos similares o alternativos​​​​​​​

EL VIAJE INCLUYE

  • Boleto de avión México – Tokyo – México, volando en clase turista traslados de llegada y salida, desde los aeropuertos internacionales.
  • Traslados de tren bala.
  • Autobús confortable y moderno alojamiento en cabina interior en crucero
  • 6 noches de alojamiento de hotel en categoría indicada
  • 9 noches de alojamiento en crucero cabina interior – diamond princess en pensión completa sin bebidas
  • Desayunos, diarios
  • Guías acompañantes durante el viaje: Osaka Y Tokyo
  • Asistencia 24hrs antes y durante su viaje.
  • Documentos electrónicos código QR (empresa socialmente responsable con el medio ambiente).

EL VIAJE NO INCLUYE

  • Impuestos aéreos y suplementos adicionales por fecha de salida
  • Servicios no especificados excursiones servicios y alimentos que se marcan como opcionales.
  • Gastos personales.
  • Propinas en servicio terrestre para guías y choferes.
  • Propinas en servicio de crucero. Impuestos portuarios 0 USD, se pagan desde México
  • Propinas USD por pax



TARIFAS 2026
Doble $ 2699
Sencilla $ 4099
Menor $ 2699

Impuestos Aéreos 2026 $ 999
SUPLEMENTOS 2026
Julio: 16 $ 499

– Precios indicados por persona en USD
– Los precios cambian constantemente, así que te sugerimos la verificación de estos, y no utilizar este documento como definitivo, en caso de no encontrar la fecha dentro del recuadro consultar el precio del suplemento con su ejecutivo.


PUBLICACIÓN DE PRECIOS EN MONEDA EXTRANJERA Cuando se trate de excursiones, servicios o paquetes de viaje que tengan destino en el extranjero, dada su naturaleza por ser servicios que se harán uso, goce o disfrute de ellos fuera de México, las publicaciones, los precios de las cotizaciones, confirmaciones, precios totales se presentarán en moneda extranjera, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional y podrán ser pagados en Pesos MXN (Moneda Nacional) al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago único o bien en cada una de las fechas en que se realicen pagos parciales. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica y conforme a lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos referente a las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en esta, que se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, sirviendo para todos los efectos consiguientes de anticipos, liquidación, incluso reembolsos, bonificaciones, compensaciones, penalizaciones o cancelaciones. Del mismo modo, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana para ser cumplidas en esta se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas partes, lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Toda la información referente a las formas de contratación, uso y manejo de precios en moneda extranjera, forman parte de nuestro contrato de adhesión en términos y aplicación de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Dicho contrato de adhesión forma parte integral de toda cotización y en general de las documentales de viaje que reciben los usuarios-turistas.

 SALIDAS

  • Julio: 16
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CRUCERO IMPERIAL – JAPÓN Y COREA

MT-36003

 18 

DÍAS

 15 

NOCHES

DESDE

2,699.00 USD + 999.0 Imp

 SALIDAS

  • Julio: 16

ITINERARIO




HOTELES

HOTELES PREVISTOS O SIMILARES
PAÍS CIUDAD HOTEL TIPO
Japón Tokyo Hotel Villa – Fontaine Tamachi O Similar Turista
Osaka Hotel Plaza Osaka o Similar Turista
Crucero Diamond Princess Turista
Ésta es la relación de los hoteles utilizados más frecuentemente en este circuito. Reflejada tan sólo a efectos indicativos, pudiendo ser el pasajero alojado en establecimientos similares o alternativos​​​​​​​

EL VIAJE INCLUYE

  • Boleto de avión México – Tokyo – México, volando en clase turista traslados de llegada y salida, desde los aeropuertos internacionales.
  • Traslados de tren bala.
  • Autobús confortable y moderno alojamiento en cabina interior en crucero
  • 6 noches de alojamiento de hotel en categoría indicada
  • 9 noches de alojamiento en crucero cabina interior – diamond princess en pensión completa sin bebidas
  • Desayunos, diarios
  • Guías acompañantes durante el viaje: Osaka Y Tokyo
  • Asistencia 24hrs antes y durante su viaje.
  • Documentos electrónicos código QR (empresa socialmente responsable con el medio ambiente).

EL VIAJE NO INCLUYE

  • Impuestos aéreos y suplementos adicionales por fecha de salida
  • Servicios no especificados excursiones servicios y alimentos que se marcan como opcionales.
  • Gastos personales.
  • Propinas en servicio terrestre para guías y choferes.
  • Propinas en servicio de crucero. Impuestos portuarios 0 USD, se pagan desde México
  • Propinas USD por pax



<div style="padding:20px"> <table border="1" class="table table-striped"> <thead> <tr> <td colspan="7"><strong>TARIFAS 2026 </strong></td> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td>Doble</td> <td>$ 2699</td> </tr> <tr> <td>Sencilla</td> <td>$ 4099</td> </tr> <tr> <td>Menor</td> <td>$ 2699</td> </tr> </tbody> </table> <br><table border="1" class="table table-striped"> <thead></thead> <tbody><tr> <td><strong>Impuestos Aéreos 2026 </strong></td> <td>$ 999</td> </tr></tbody> </table> <table border="1" class="table table-striped"> <tr> <th colspan="2">SUPLEMENTOS 2026</th> </tr> <tr> <td>Julio: 16</td> <td>$ 499</td> </tr> </table> <p>&ndash; Precios indicados por persona en USD<br> &ndash; Los precios cambian constantemente, así que te sugerimos la verificación de estos, y no utilizar este documento como definitivo, en caso de no encontrar la fecha dentro del recuadro consultar el precio del suplemento con su ejecutivo.</p> </div>

PUBLICACIÓN DE PRECIOS EN MONEDA EXTRANJERA Cuando se trate de excursiones, servicios o paquetes de viaje que tengan destino en el extranjero, dada su naturaleza por ser servicios que se harán uso, goce o disfrute de ellos fuera de México, las publicaciones, los precios de las cotizaciones, confirmaciones, precios totales se presentarán en moneda extranjera, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional y podrán ser pagados en Pesos MXN (Moneda Nacional) al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago único o bien en cada una de las fechas en que se realicen pagos parciales. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica y conforme a lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos referente a las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en esta, que se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, sirviendo para todos los efectos consiguientes de anticipos, liquidación, incluso reembolsos, bonificaciones, compensaciones, penalizaciones o cancelaciones. Del mismo modo, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana para ser cumplidas en esta se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas partes, lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Toda la información referente a las formas de contratación, uso y manejo de precios en moneda extranjera, forman parte de nuestro contrato de adhesión en términos y aplicación de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Dicho contrato de adhesión forma parte integral de toda cotización y en general de las documentales de viaje que reciben los usuarios-turistas.